Las actividades de fabricación e importación de cosméticos y productos de cuidado personal requieren de una declaración responsable de inicio de actividad (Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de medicamentos y productos sanitarios, modificada por la Ley 10/2013, de 24 de julio, disposición adicional tercera).
Esta declaración responsable debe solicitarse ante la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) aportando:
- Memoria técnica (requisitos establecidos en la Reglamento (CE) 1223/2009 de productos cosméticos, el Real Decreto 1599/1997, de 17 de octubre, de cosméticos y la ISO 22716 de productos cosméticos).
- Instalaciones propias o subcontratadas de fabricación, almacenamiento y control de productos cosméticos y de higiene personal.
- Responsable técnico.
- Procedimientos normalizados de trabajo y sistema de calidad.
Una vez iniciada la actividad de fabricación y/o importación las empresas deberán registrar los productos fabricados.
Revipharm puede asesorarles en la tramitación administrativa de:
- Autorización de instalaciones de fabricación de cosméticos.
- Expedientes de autorización de productos de higiene personal.
- Expedientes de seguridad de productos cosméticos.
- Comunicación de puesta en el mercado de cosméticos al Portal Europeo de cosméticos (CPNP).
Para más información visite nuestra web o pónganse en contacto con nosotros vía info@revipharm.es
Enlaces relacionados:
Enlaces relacionados:
- Instrucciones para el pago de tasas de la AEMPS: Cosméticos
- Solicitud de certificados de cosméticos
- Cosméticos: Trámites administrativos
- Declaración responsable para importar y/o fabricar cosméticos y productos de higiene personal.
- CPNP Notification
- SAFETY ASSESSMENT (EU REGULATION 1223/2009)
- Importación de cosméticos
Fecha de actualización: 09-11-2015
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