lunes, 16 de marzo de 2015

Intermediarios de medicamentos

La modificación de la Ley de Garantias y Uso Racional del Medicamento y Productos Sanitarios, 29/2006, incluye la figura del intermediario de medicamentos como persona física o jurídica que distribuye medicamentos al por mayor sin llegar a tener el su poder los productos. Aunque las compras/ventas las realice en nombre propio los medicamentos deberán enviarse físicamente desde entidades autorizadas para el almacenamiento de medicamentos: almacenes mayoristas y laboratorios farmacéuticos.


Los intermediarios de medicamentos deben de darse se alta en el registro establecido por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y disponer de personal con la cualificación adecuada para el control de los medicamentos distribuidos y en especial de la vigilancia de medicamentos falsificados.

Además los intermediarios de medicamentos deben disponer:
- de un sistema de calidad que establezca responsabilidades, procesos y medidas de gestión del riesgo con  respecto a sus actividades.
- de procedimientos normalizados de trabajo oportunos que garanticen el cumplimiento de las normas de correcta distribución de medicamentos de uso humano.
- de un plan de emergencia que garantice la aplicación efectiva de cualquier retirada del mercado ordenada  por las autoridades competentes o iniciada en cooperación con el fabricante del medicamento de que se trate o el titular  de la autorización de comercialización para dicho medicamento

Revipharm puede asesorarle en todos los trámites necesarios para legalizar su empresa como intermediario de medicamentos de uso humano, al igual que podemos ayudarle en la creación del sistema de calidad y de los correspondientes PNTs que sean de aplicación.

Para más información puede contactarnos: info@revipharm.es

Fecha de actualización: 12/06/2015


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